Transmitir tarjetas de transporte

En un post anterior ya os hablamos sobre la tarjeta de transporte, qué es y quienes la necesitan, sin embargo existe un aspecto del que no os hablamos en ese post: la transmisión de tarjetas de transporte.

 

Te recordamos que cada empresa o autónomo tiene una única tarjeta de transporte, sin matrícula concreta. Esta tarjeta es la que se copia para ponerse en el resto de vehículos de la empresa de transporte, por lo que cuando hablamos en este post sobre transmisión de tarjetas de transporte, nos referimos a la tarjeta de la empresa, la original, y todas las copias del resto de vehículos.

 

Las tarjetas de transporte deben contar con una serie de requisitos para ser transmitidas:

 

  • Tener una antigüedad de al menos 10 años
  • Que en los 2 últimos años no se haya dado de baja ninguna tarjeta
  • Quien adquiera la tarjeta tendrá que poner el mismo vehículo que tenía previamente o uno con características iguales (y que tenga como máximo la misma antigüedad que el vehículo original de la tarjeta adquirida)
  • Que quien cede la tarjeta renuncie expresamente a rehabilitar las tarjetas que pretende transmitir
  • Que quien adquiere renuncie a recuperar cualquier tarjeta pendiente de rehabilitar en la que sea titular

 

Además, si vas a transmitir tu tarjeta de transporte debes saber que:

 

  • Quien cede las tarjetas debe hacerlo con la totalidad de ellas, es decir, no se puede quedar con ninguna de las que dispone la empresa
  • Las tarjetas de transporte pueden ser adquiridas por autónomos o empresas/sociedades.
  • Se deben cumplir con el resto de requisitos para la obtención de tarjetas de transporte.

 

En caso de no cumplir con los requisitos de antigüedad de las tarjetas o de no reducir la flota, se pueden trasmitirlas tarjetas únicamente en los casos siguientes:

 

  • Quien adquiera la tarjeta tendrá que poner el mismo vehículo que tenía previamente o uno con características iguales (y que tenga como máximo la misma antigüedad que el vehículo original de la tarjeta adquirida)
  • Que quien cede la tarjeta renuncie expresamente a rehabilitar las tarjetas que pretende transmitir
  • Que quien adquiere renuncie a recuperar cualquier tarjeta pendiente de rehabilitar en la que sea titular

Sin embargo, existen determinados casos que enumeraremos a continuación en los que la transmisión de tarjetas no requiere de antigüedad:

 

  • Una persona física o autónomo que transmite a favor de una empresa o sociedad en el que se integra con un mínimo de 1% en acciones o participaciones
  • Una sociedad a favor de otra sociedad mediante la transformación de la empresa que transmite en otro tipo de empresa o sociedad mercantil
  • Transmisión por la fusión de dos o más sociedades cedentes en otra empresa o sociedad nueva
  • Transformación de una cooperativa en una sociedad

 

Las tarjetas de transporte pueden ser transmitidas en caso de fallecimiento del titular a sus herederos, a favor de una sola persona o de varias hasta que se adjudique la herencia. En caso de que se necesitarse el título de competencia profesional para capacitar a efectos de transporte, el heredero dispondría de 1 año para conseguirlo, prorrogable hasta 6 meses más. Si por el contrario los herederos no estuviesen interesados en seguir con la actividad, las tarjetas de transporte se pueden transmitir a favor de cualquier otra persona física o sociedad en el plazo de 2 años.

 

La situación es diferente cuando se trata de herencia por jubliación o incapacidad física o legal del titular de las tarjetas e transporte público de mercancías. En este caso, no será necesario que las tarjetas transmitidas cuenten con una antigüedad mínima de 10 años ni que se haya reducido su número en los últimos 2 años, pero se mantendrán los plazos en caso de necesitar el título de competencia profesional.

 

¿Necesitas información para transmitir tarjeta de transporte? ¿Tienes una oferta para hacerte con una y necesitas asesoramiento? En AE Gestoría te ayudamos.